UniónCoop: Cooperativa de ahorro y crédito Unión y Patria

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Créditos

Derechos y Obligaciones

Derechos

A realizar con la Cooperativa las operaciones que constituyen su objeto.

A tener acceso a todos los beneficios sociales establecidos en el respectivo reglamento,siempre que se encuentre al día en el cumplimiento de todos sus compromisos financieros y obligaciones para con la Cooperativa.

A elegir o ser elegido por la Junta General de Socios o designado por el Consejo de Administración para desempeñar los cargos que se le encomienden en la Cooperativa de acuerdo al Estatuto Social vigente.

A controlar de conformidad con los procedimientos legales, reglamentarios y estatutarios, la gestión económica de la Cooperativa, examinar directamente los libros sociales, de contabilidad dentro de los 10 días previos a la Junta General que se pronunciará acerca del balance y demás estados financieros del ejercicio anterior, a través de la Junta de Vigilancia y/o comisiones especiales constituidas al efecto.

A percibir un interés por las cuotas de participación, si la Junta General respectiva lo hubiere acordado a proposición del Consejo de Administración.

A participar con derecho a voz y voto en las Juntas Generales de Socios, siempre que no se encuentren suspendidos de sus derechos sociales.

Cada socio (a) tiene derecho a un solo voto en la Junta General, independiente del número de cuotas de participación que haya pagado.

A presentar propuestas ante el Consejo de Administración y ante la Junta General, las que se evaluarán de conformidad con los procedimientos internos.

A retirarse de la Cooperativa de conformidad con lo establecido en la ley, su reglamento y el Estatuto Social vigente.

Obligaciones

Cumplir oportunamente con los compromisos financieros adquiridos con la Cooperativa.

Conocer y respetar las normas estatutarias.

Asistir a las Juntas Generales de Socios (as) y demás reuniones a las que sean citados de conformidad con las disposiciones estatutarias y reglamentarias.

Desempeñar los cargos para los cuales fueren elegidos, por la Junta General de Socios o designados por el Consejo de Administración.

Mantener actualizado su domicilio en el Registro de Socios (as) de la Cooperativa, de conformidad a lo dispuesto en la letra d) del articulo 17 del Reglamento de la Ley General de Cooperativa.

Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la Cooperativa.

Guardar reserva de aquellos antecedentes de la Cooperativa, cuya divulgación pueda afectar sus legítimos intereses y los de sus socios (as).

No dedicarse a actividades que puedan competir con las finalidades sociales de la Cooperativa, ni colaborar con quien las efectúe.

Participar en las actividades de educación cooperativa.

Pagar las cuotas de participación, y otros instrumentos que emita la Cooperativa, en el modo y forma que determinen la Ley, el estatuto y los acuerdos de la Junta General o del Consejo de Administración.